Área laboral

Incapacidad permanente: solicitud, revisión y reclamación

Llevas tiempo de baja o con limitaciones para trabajar y quieres saber si puedes pedir una incapacidad permanente, o te la han denegado o reconocido en un grado inferior al que esperabas.

El objetivo

Defender tus derechos y tus ingresos

Personas trabajadoras, en activo o de baja, con secuelas o limitaciones duraderas.

Qué revisamos

  • En qué fase estás: baja, solicitud, resolución del INSS o reclamación previa.
  • Qué grado podría corresponder (parcial, total, absoluta o gran incapacidad) según tu profesión habitual y tus limitaciones.
  • Si la resolución está motivada y qué plazo de reclamación indica.
  • Cómo afecta a tu contrato y a tu relación con la empresa.

Cómo trabajamos

  1. Revisamos la resolución o tu situación y la documentación disponible.

  2. Te explicamos las opciones, el trabajo y los honorarios.

  3. Preparamos la solicitud o la reclamación previa ante la Seguridad Social.

  4. Si se desestima, presentamos la demanda ante el juzgado de lo social.

Qué documentación ayuda

Es orientativa: no hace falta tenerla toda para consultar. No la adjuntes en el formulario; si hace falta, te la pediremos después por un canal seguro.

  • Resolución del INSS o de la mutua, si la hay
  • Informe de vida laboral
  • Descripción de tu puesto y de tus tareas habituales
  • Informes médicos: solo cuando te los pidamos, y por un canal seguro

Preguntas frecuentes

¿Qué grados de incapacidad permanente existen?

Parcial, total, absoluta y gran incapacidad (artículo 194 de la Ley General de la Seguridad Social). El grado depende de cómo afectan tus limitaciones a tu profesión habitual o a cualquier trabajo.

Me han denegado la incapacidad. ¿Puedo reclamar?

Normalmente cabe una reclamación previa y, después, la demanda. El plazo figura en la propia resolución: no esperes para revisarla.

¿Tengo que enviar mis informes médicos por el formulario?

No. No los incluyas en el formulario ni en el mensaje. Si hacen falta, te los pediremos por un canal seguro.

Normas citadas

Las deudas, cotizaciones, apremios y embargos de la Seguridad Social se tratan en Hacienda y Seguridad Social.

Información general, no asesoramiento sobre tu caso. La aplicación de cada norma depende de los hechos y documentos concretos.

Revisar mi caso de incapacidad

Cuéntanos qué quieres conseguir. Revisamos tu caso y te explicamos las opciones, el trabajo y los honorarios antes de empezar.